Existen diferentes trámites en los cuales se necesita legalizar los certificados emitidos por el Registro Nacional de las Personas (Renap). Este procedimiento se puede hacer en línea o de manera física en más de 340 oficinas registrales del Renap en todo el país.
De manera virtual los pasos a seguir son:
- Ingrese a la dirección eportal.gob.gt/login; ingrese el usuario y contraseña (o regístrese)
- Ir al link de “Certificación con firma legalizada”.
- En “Datos de Solicitud” seleccione el certificado requerido (propio o de terceros) y digite el código “Captcha”.
- El sistema le solicitará pagar Q10 por medio del formulario de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) No. 7130 (Impuesto del Timbre).
- Llene el inciso 1: “Información del Contribuyente” (Tipo de contribuyente y NIT del contribuyente).
- En apartado “Seleccione el tipo de gestión” elegir “Tarifas Específicas” y presione “Buscar”.
- En el inciso “7. Tarifas Específicas”, en la opción “Conceptos Específicos del Impuesto al Timbre” seleccione el tipo de auténticas que se requiere y pagar Q10.
- Luego, regrese al trámite en el portal del Renap, se marca “Formulario Pagado” e ingrese los datos del formulario que generó la SAT, el Código Único de Identificación (CUI) de la persona que generó el formulario y la fecha de generación del formulario.
- Pagar en el banco el costo de la Certificación y Q50 por el costo de la legalización.
- Ingrese los datos de las boletas que generó el banco.
- Se muestra el detalle de la compra; presione aceptar.
- Se confirma la compra; presione aceptar y luego finaliza el proceso.
- Cuando el pago es con tarjeta de crédito o débito, se cobra un recargo de gestión del banco del 25% sobre al costo de los certificados y de la legalización.
De manera física, en cualquiera de más de 340 oficinas del Renap, los pasos a seguir son:
- Pagar en el banco la certificación solicitada y la solicitud de legalización, la cual tiene un costo de Q50.
- Entregar en ventanilla las boletas del pago de la certificación, de legalización; se le adjuntan los timbres fiscales físicos, por un valor de Q10.
- El operador realiza el procedimiento y le entrega la certificación legalizada en el instante en cualquiera de las oficinas registrales.
- Si el usuario tiene una certificación física vigente, solamente cancela la legalización.
La mayoría de legalizaciones que se solicitan son para certificados de nacimiento, pero también están disponibles para certificados de divorcio, soltería, defunción, cambio de nombre y extranjero domiciliado, entre otros. En línea están las opciones de certificados legalizados nacimiento, defunción y matrimonio.
Guatemala, 21 de agosto de 2024