Nombres y apellidos del fallecido, si fuere posible identificarlo;
Sexo del fallecido;
Causa de defunción;
Lugar, fecha y hora del fallecimiento o del levantamiento del cadáver.
Según el Reglamento de Inscripciones del Registro Civil de las Personas, -RENAP-. Artículo 7. Criterios Complementarios. Los criterios complementarios constituyen la facultad del Registro Nacional de las Personas -RENAP-, para requerir documentación adicional que coadyuve a resolver las solicitudes planteadas ante los Registros Civiles.
Quien redacte el informe, debe expresar si la causa de la defunción le consta por conocimiento propio o por informe de un tercero, debiendo indicar el nombre de la persona de quien recibió dicha información.